LEY NÚMERO 207 DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE GUERRERO. 

ARTÍCULO 81: Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación.

 

I.EN ESTE SITIO PUEDES CONSULTAR LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA.

UNIDAD DE TRANSPARENCIA:  

2  PREMIO A LA INOVACIÓN EN TRANSPARENCIA 2017.

GUÍA PRÁCTICA DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN EN EL SISTEMA INFO-GUERRERO.